ES ESTA UNA DE LAS POCAS MOCIONES QUE, POR RAZONES OBVIAS, EL P.P. SE VIO OBLIGADO A VOTAR FAVORABLEMENTE, PERO SU LECTURA PONE EN EVIDENCIA EL PAPEL DE MEDINA Y BARBERA, EN TANTO QUE HOMBRES DE CONFIANZA DE LUIS FERNANDO CARTAGENA, AL SERVICIO DE LAS EMPRESAS ENCARGADAS DE LA "EJECUCIÓN" DEL SUPUESTO PLAN PARCIAL DEL G-1 DE LA CHISMOSA. MÓNICA LORENTE HA SITUADO A RODRÍGUEZ BARBERA EN EL LUGAR ADECUADO: CONCEJAL DE URBANISMO Y PRIMER TENIENTE DE ALCALDE DE LA CORPORACIÓN. lA SOMBRA DE LUIS FERNANDO CARTAGENA ES ALARGADA.
José Martínez Carmona, concejal de
Izquierda Unida Los Verdes en el ayuntamiento de Orihuela, propone al
Pleno de la Corporación vote
favorablemente la siguiente MOCIÓN: HECHOS que la fundamentan: 1)
No
es la primera vez que Izquierda Unida exige el cumplimiento de la
sentencia nº43 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del T.S.V.
que declaraba SUELO URBANO el Sector G-1 comprendido en los planos de
ordenación 1-30, 1-31 y 1-32. 2) En un Informe al Síndico de Agravios fechado a 9 de julio del 98, el Sr. Medina, respaldándose en “criterios técnicos” declara “inoportuno y carente de fundamento en la actualidad la aplicación de la sentencia, incluso ya en el momento de ser dictada ...” 3) A finales de octubre, este concejal se dirigió a la Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes cuyo Secretario General, pese a la dimisión del Sr. Cartagena, continúa siendo su hombre de confianza: Sr. Antonio Rodríguez Barberá, para conocer si la sentencia había sido remitida al ayuntamiento de Orihuela, en su momento. 4) La respuesta, remitida por el Sr. Barberá y firmada por el jefe del Servicio de Coordinación Territorial, Sr. Martínez Ferrer, dice entre otras cosas: “La citada sentencia del TSJ de Valencia tuvo entrada en esta Consellería el 20 de marzo de 1.995 y fue recurrida en casación ante el Tribunal Supremo por la Generalidad Valenciana. De modo que al no ser firme, no se llevó a cabo su ejecución por esta Consellería y, en consecuencia, no fue comunicada al ayuntamiento de Orihuela...”. Luego queda claro que el Sr. Rodríguez Barberá continúa considerando suelo urbanizable el Sector G-1 de la Chismosa, “sin perjuicio de que los Tribunales de Justicia, en su día, dicten sentencia firme asignándoles otra clasificación.” 5) Solicitada información a los Juzgados de Valencia, la respuesta es meridiana: “Certifica: que en los autos que después se mencionan se ha dictado la resolución que, literalmente copiada dice (sigue la transcripción íntegra de la sentencia nº43) y concluye a pie de página: CONCUERDA BIEN Y FIELMENTE CON SU ORIGINAL, AL QUE EN TODO CASO ME REMITO. Y PARA QUE CONSTE A PETICIÓN DEL INTERESADO, HACIENDO CONSTAR QUE LA PRESENTE RESOLUCIÓN ES FIRME DESDE EL DÍA 4 DE OCTUBRE DE 1.995, EXPIDO LA PRESENTE EN VALENCIA, A 9 DE NOVIEMBRE DE 1.998. 6) Finalmente, el actual Conseller de la COPUT, con fecha 1 de diciembre 98, adoptó la resolución cuya conclusión transcribo: “En su virtud, esta Consellería de Obras Públicas Urbanismo y Transporte de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, dispone que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.”
Por
lo dicho, Izquierda Unida propone al Pleno de la Corporación: 1)
Ordene
urgentemente la modificación del P.G.M.O.U., calificando el suelo del
sector G-1, La Chismosa, como suelo Urbano. 2) Ordene urgentemente la anulación del instrumento de planificación urbanística desarrollado hasta la fecha, respecto al susodicho sector, es decir el Plan Parcial y sus proyectos de Urbanización y Reparcelación. En Orihuela, a 22 de enero de 1.999
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