¿DELITO
CON RECOMPENSA? CORRUPCIÓN EN ORIHUELA Todo empezó en el año 1.902, en plena
Restauración. El 26 de abril, el ayuntamiento de Orihuela cedió al Sr. Antonio
Mira Cánovas, jornalero, un terreno para hacerse una casa. Existe una inscripción
de herencia escrita a mano en el Registro de la Propiedad. Se trataba de una
casa de habitación sita en el Plano del Cuartel, nº17 que ocupaba una
superficie de 120 metros cuadrados y sus ensanches, en la ladera de la sierra,
barrio de San Isidro. Según
dicha inscripción, esa cesión se regularizó mediante información posesoria
del Juzgado de primera Instancia de Orihuela el 8 de julio de 1925. El 8 de
julio de 1927, previendo su fin, el viejo jornalero dictó su testamento, un único
testamento para otorgar su único bien a su familia directa: su mujer y sus
cinco hijos. Antonio Mira Cánovas murió el 20 de marzo de 1.930. Diez y nueve
años después de fallecido, la única finca que se inscribe a su nombre y la única
que hereda su familia es la reseñada: una propiedad valorada en 1.750 pesetas
con su patio. El terreno continuaba siendo público; por su ocupación se pagaba
un canon al Ministerio de Agricultura y Patrimonio Forestal del Estado. Más
tarde, esa zona, según afirma el Director General de Recursos Forestales,
“está dentro de los terrenos transferidos temporalmente al Ayuntamiento de
Orihuela por Orden Ministerial de 29 de noviembre de 1965.” Se trata pues de
patrimonio público que el ayuntamiento tiene la obligación de custodiar y
proteger. Pero
hete aquí que en 1985, se producen una serie de fenómenos con visos de
paranormales, aunque debidamente anotados en el Registro de la Propiedad. Ese año,
(no se consigna día ni mes), el Sr. F.R.M., delineante del ayuntamiento,
adquiere por compra privada al Sr. Antonio Mira Cánovas, su fallecido abuelo,
la finca 94819, (no se anota el precio). Esta finca, se dice, la obtuvo el Sr.
Mira Cánovas “por cesión del Ayuntamiento de Orihuela sin que tenga título
escrito ni inscrito y sin que se halle inscrita en este registro a nombre de
persona alguna...”, y ahora la vende el Sr. F.R.M. a un cuñado, F.G.A. por
350.000 pesetas. La anotación de esta compraventa en el Registro de la
Propiedad está fechada en 17 de agosto de 1992. No alucinamos: la
inscripción en el R.P. dice textualmente: “los cónyuges Don F.R.M. y Doña
M.T.Q.M. son dueños de esta finca por compra privada en el año 1.985 a Don
Antonio Mira Cánovas...” el cual, como se ha dicho, murió en 1.930... A
la finca 94819 de 390 m2, se añaden, por el mismo o similar sistema
fraudulento, las fincas 94815 de 234 m2, 94813, de 560 m2, 94817 de 200 m2,
94821 de 552 m2 ---de la que se segregará la 97840--- y la 98943 de 255 m2. La
línea de protección de la sierra que figura en el PGOU se corre a los niveles
deseados por determinados intereses espurios, hasta ocupar en torno a los 4000
m2. ¿Qué
significa la peculiar anotación del Registro de la Propiedad correspondiente a
la finca 94.821 que deslinda la misma como sigue: “Orientada su fachada al
Oeste, linda todo: por su frente con la calle Rioja, antes propiedad del
Ayuntamiento…? ¿En qué momento
la calle Rioja dejó de ser propiedad municipal? ¿Quién se ha adueñado de la
calle? ¿Quién ha cortado la calle Rioja al paso de los vecinos colocando una
pared con alambrada y acotando la sierra hasta la altura de la calle Chopo, muy
por encima del linde de la sierra contemplado en el PGOU? El ex delineante
municipal tiene la respuesta. El alcalde, el secretario general y la corporación
conocen la existencia de este fraude a costa del patrimonio público. ¿Tenemos los
ciudadanos la obligación de leernos a diario el BOP, el DOGV y el BOE, o
visitar los tablones de anuncio de los ayuntamientos y los juzgados para conocer
todos los edictos que se publican sobre un municipio y poder objetar? ¿O
incumplen los cargos políticos y funcionarios habilitados su responsabilidad de
conocer, informar y asesorar a la Corporación sobre todo lo publicado que pueda interesar, beneficiar o perjudicar a Orihuela y su
patrimonio? Esta denuncia se presentó,
junto con 53 documentos, ante el Ministerio Fiscal de Alicante quien consideró
que los hechos “estarían prescritos”, archivándolos “sin entrar a
valorar si efectivamente se produjeron o no los delitos que por el denunciante
se imputan.” No se tuvo en cuenta por el Ministerio fiscal que lo planeado
entonces, se desarrolla hoy ante nuestros ojos: Se ha vallado la calle Rioja,
impidiendo el paso a los ciudadanos, se ha alambrado la sierra sin ningún
permiso y se ha parcelado la misma para construir; se han plantado cipreses en
lo que debe ser la acera de un vial; se ha colocado en el mismo lugar una
columna eléctrica sin licencia municipal, se ha reestructurado y reconstruido
una vivienda antigua con una licencia de obra menor; se ha construido una
cochera en la planeada zona verde también apropiada: “Infracción Urbanística
Expte. 179/01. Hoja de encargo dirigida al arquitecto técnico municipal Ignacio
Sánchez Botella: SOLICITUD VALORACIÓN PARA DEMOLICIÓN DEL PORCHE CONSTRUIDO
EN ZONA VERDE…” El técnico, transcurridos cinco años, no ha conseguido
todavía calcular lo que costaría meter la pala y llevarse los escombros; se ha
conseguido que figure en los planos catastrales parte del terreno apropiado y se
está actuando para que figuren los miles de metros cuadrados que han sido
ilegalmente acotados…con la complicidad municipal. Registramos
en el ayuntamiento 403 firmas avalando un texto con este titular: RESUCITAN A UN
MUERTO PARA QUE EL AYUNTAMIENTO PERMITA A SU EX DELINEANTE QUEDARSE CON LA
SIERRA DE SAN ISIDRO. La prensa provincial se hizo eco. El silencio municipal ha
sido la respuesta.
Se comprendería que el
delito prescriba y que el tiempo anule la pena; no se comprende que la
prescripción signifique perjuicio para el patrimonio público y beneficio para
el delincuente. Si la corrupción y la burla a la justicia se dan la mano, todas
las complicidades son posibles. EL DELITO, EN VEZ DE ANULADO, SERÍA
RECOMPENSADO. ¿ES ESO JUSTICIA? Estas conclusiones con todos los documentos se enviaron el 10 de septiembre de 2001 a la Fiscalía Anticorrupción Estatal, la cual las remitió a Alicante, al no considerar el asunto de suficiente entidad. Alicante me devolvió el tocho nuevamente archivado. Que los ciudadanos saquen sus conclusiones y, si las Administraciones ( Local, Patrimonio, Urbanismo, Medio Ambiente, Justicia, Gestión Catastral) tienen algo que decir, que lo digan. |